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11-3-2008
SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Los pacientes que acuden a solicitar una atención de
Emergencia, siendo beneficiarios del sistema, en muchas
ocasiones les niegan la atención en los servicios de
Emergencia, obligándolos a pagar primero por la consulta
para se atendidos.
DOBLE FALTA, primero siendo beneficiarios del SIS, no
debe pagar ni un centavo por la atención de Emergencia,
y segundo a todo paciente en situación de Emergencia se
le debe atender sin condicionamientos de ningún tipo,
mientras dure la Emergencia, con todos lo recursos
disponibles. Esta obligación es para todos los
establecimientos de salud públicos y no públicos del
país.
Nuestra
Misión:
Que se cumpla la Ley.
Nuestra
Visión:
El diálogo como herramienta de solución de conflictos.
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