11-3-2008

 

SEGURO INTEGRAL DE SALUD



Los pacientes que acuden a solicitar una atención de Emergencia, siendo beneficiarios del sistema, en muchas ocasiones les niegan la atención en los servicios de Emergencia, obligándolos a pagar primero por la consulta para se atendidos.

DOBLE FALTA, primero siendo beneficiarios del SIS, no debe pagar ni un centavo por la atención de Emergencia, y segundo a todo paciente en situación de Emergencia se le debe atender sin condicionamientos de ningún tipo, mientras dure la Emergencia, con todos lo recursos disponibles. Esta obligación es para todos los establecimientos de salud públicos y no públicos del país.


 


Nuestra Misión: Que se cumpla la Ley.
Nuestra Visión:
El diálogo como herramienta de solución de conflictos.


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