11-3-2008

 

SEGURO INTEGRAL DE SALUD

Durante el programa de radio, del viernes ultimo una señora, llamo al por teléfono e hizo su denuncia al aire.

Siendo su hijo un beneficiario del Sis, semicontributivo se acercó por el servicio de Emergencia del Hospital San Juan de Lurigancho, y le negaron la tención correspondiente si antes no paga la consulta de Emergencia.

Tremendo despropósito, estamos seguros que el director, puede darnos una opinión en la que manifieste que desconoce tales hechos, pero la paciente afectada es la que sufrió este episodio.

Como se podrá hacer respetar la ley.

En INDECOPI, se lavan la mano con el pretexto de decir que son servicios con contenido asistencial, y son servicios subvencionados por el estado, motivo por el cual no pueden dar opinión de la calidad del servicio o del cobro injustificado.

Una razón que exhiben es que, si fuera el caso sancionado,
¿COMO EL ESTADO, CON DINERO DEL ESTADO VA HA PAGAR UNA MULTA?.

Según ellos el estado no puede multar al estado, por consiguiente el estado según los hechos a la vista es IMPUNE Y HACE LO QUE LE DA LA GANA, POR QUE NO PUEDE SER SANCIONADO, por un ente regulador que vela por el consumidor.









 


Nuestra Misión: Que se cumpla la Ley.
Nuestra Visión:
El diálogo como herramienta de solución de conflictos.


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