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11-3-2008
SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Durante el programa de radio, del viernes ultimo una
señora, llamo al por teléfono e hizo su denuncia al
aire.
Siendo su hijo un beneficiario del Sis, semicontributivo
se acercó por el servicio de Emergencia del Hospital San
Juan de Lurigancho, y le negaron la tención
correspondiente si antes no paga la consulta de
Emergencia.
Tremendo despropósito, estamos seguros que el director,
puede darnos una opinión en la que manifieste que
desconoce tales hechos, pero la paciente afectada es la
que sufrió este episodio.
Como se podrá hacer respetar la ley.
En INDECOPI, se lavan la mano con el pretexto de decir
que son servicios con contenido asistencial, y son
servicios subvencionados por el estado, motivo por el
cual no pueden dar opinión de la calidad del servicio o
del cobro injustificado.
Una razón que exhiben es que, si fuera el caso
sancionado, ¿COMO EL ESTADO, CON DINERO DEL
ESTADO VA HA PAGAR UNA MULTA?.
Según ellos el estado no puede multar al estado, por
consiguiente el estado según los hechos a la vista es
IMPUNE Y HACE LO QUE LE DA LA GANA, POR QUE NO PUEDE SER
SANCIONADO, por un ente regulador que vela por el
consumidor.
Nuestra
Misión:
Que se cumpla la Ley.
Nuestra
Visión:
El diálogo como herramienta de solución de conflictos.
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